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Fundamentar - Nacional https://www.fundamentar.com Mon, 06 May 2024 01:03:23 -0300 Joomla! - Open Source Content Management es-es Rafecas: “El Gobierno Agotó Todas las Instancias” https://www.fundamentar.com/nacional/item/4545-rafecas-el-gobierno-agoto-todas-las-instancias https://www.fundamentar.com/nacional/item/4545-rafecas-el-gobierno-agoto-todas-las-instancias El juez federal aseguró que no existe “absolutamente ninguna evidencia que revele que el Gobierno argentino tuviera alguna intención de perturbar, afectar o encubrir la labor de la Justicia”

El juez federal aseguró que no existe “absolutamente ninguna evidencia que revele que el Gobierno argentino tuviera alguna intención de perturbar, afectar o encubrir la labor de la Justicia” en el esclarecimiento del ataque a la AMIA, sino que, por el contrario, "agotó todas las instancias para lograr que la investigación avance".

Rafecas: "El Gobierno agotó todas las instancias para lograr que la investigación por el atentado avance"

Así lo hizo en una entrevista realizada anoche por la agencia internacional Reuters, que trascendió esta mañana, en la que el magistrado -quien ayer desestimó la denuncia penal por supuesto encubrimiento contra la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y funcionarios- señaló que “no es posible bajo ninguna circunstancia abrir una investigación penal en estas condiciones”.

"No hay absolutamente ninguna evidencia que revele que el gobierno argentino tenía alguna intención de perturbar, afectar o encubrir la labor de la Justicia argentina si no que era al contrario; el gobierno argentino agotó todas las instancias para lograr que la causa que investiga el atentado a la AMIA avance”, aseveró Rafecas.

“No es posible bajo ninguna circunstancia abrir una investigación penal en estas condiciones” señaló Rafecas

En este sentido, consignó que “la evidencia presentada a este juzgado es exactamente opuesta a lo que sostenía (el fiscal Alberto) Nisman” y remarcó que, en consencuencia, resolvió que “no es posible bajo ninguna circunstancia abrir una investigación penal" contra la Presidenta, el canciller

Héctor Timerman y otros funcionarios, según planteaba la denuncia.

"Hace dos semanas que me puse a estudiar el caso. En estas dos semanas, he trabajado con una asombrosa y pasmosa tranquilidad", aseguró Rafecas en la entrevista y agregó: "Nadie, ni de un lado ni del otro, se ha acercado para hacer sugerencias o presiones".

 

FUENTE: Télam

 

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Fri, 27 Feb 2015 15:55:36 -0300
Qué Dice la Resolución del Juez Rafecas: la Denuncia "No Se Sostiene" https://www.fundamentar.com/nacional/item/4542-que-dice-la-resolucion-del-juez-rafecas-la-denuncia-no-se-sostiene https://www.fundamentar.com/nacional/item/4542-que-dice-la-resolucion-del-juez-rafecas-la-denuncia-no-se-sostiene El juez Rafecas dice que no hay delito

En su resolución, el juez Rafecas dice que no hay delito: ni siquiera entró en vigencia la Comisión por la Verdad, nunca se pidió la baja de las alertas rojas -sino todo lo contrario-, no hay evidencias o indicios de que Cristina Kirchner haya preparado un plan de encubrimiento, no había una diplomacia paralela con Irán. Y Nisman, además, había tenido otra valoración del Memorandum con Irán. Aquí, los puntos principales del escrito.

-Sobre el Memorándum de Entendimiento con Irán

El magistrado consideró que transcurridos casi dos años de la firma de este acuerdo no se concretó la toma de las declaraciones indagatorias a los iraníes involucrados en el atentado. Se preguntó el juez: “¿Cómo puede un instrumento jurídico que nunca cobró vida constituir un favorecimiento real, una ayuda material concreta prestada –en este caso- a prófugos de la justicia argentina?”. En claro para el juez “meras ideas y/o actos preparatorios de un delito”, no son delito.

-Sobre el supuesto pedido de dar de baja de las notificaciones rojas de Interpol

El Magistrado descartó toda connotación delictiva sobre el punto. En especial, a partir de la carta de Timerman envió a Interpol junto con la notificación de Memorándum, en donde claramente refuta la denuncia de Nisman, y que fue corroborada por otros documentos y expresiones públicas del Secretario General de Interpol. En aquella carta, de 15 de febrero de 2013, Timerman expreso:

“Por otra parte, de acuerdo con las normas aplicables, cualquier cambio en los requerimientos de captura internacional oportunamente formulados a INTERPOL desde la Argentina en relación con los graves crímenes investigados en la causa AMIA, sólo podrá ser realizado por el juez argentino con competencia en dicha causa, Dr. Rodolfo Canicoba Corral […] Es decir que la firma del Memorándum de Entendimiento […] no producen cambio alguno en el procedimiento penal aplicable, ni en el status de los requerimientos de captura internacional arriba referidos”.

Además, Rafecas tuvo en cuenta además los dichos de Ronald Noble, Secretario General de Interpol: “Puedo afirmar con un ciento por ciento de certeza, ni un atisbo de duda, que el Ministro de Relaciones Exteriores [Héctor] Timerman y el gobierno argentino ha sido constante, persistente e inquebrantable para lograr que Interpol emita, mantenga vigentes y no suspenda o remueva sus notificaciones rojas”.

-Falta de evidencias contra de la Presidenta de la Nación

En la resolución, el juez dice que “…podemos afirmar que, a partir de todas las evidencias reunidas en este expediente a la fecha, presentadas por el extinto Fiscal denunciante, habiendo estudiado con máximo detenimiento la extensa presentación fiscal; examinado con la mayor atención las notas periodísticas e informes de inteligencia citados; leído con rigor cada una de las escuchas telefónicas arrimadas (de las cuales, hay que decirlo, no surge la intervención de ningún funcionario nacional), llego a la conclusión de que no hay un solo elemento de prueba, siquiera indiciario, que apunte a la actual Jefa de Estado respecto -aunque sea- a una instigación o preparación (no punible) del gravísimo delito de encubrimiento por el cual fuera no sólo denunciada sino también su declaración indagatoria requerida, delito que, además, y como ya expuse previamente, no existió, en ninguna de las dos hipótesis planteadas por el Dr. Pollicita en su requerimiento de instrucción”.

"...llego a la conclusión de que no hay un solo elemento de prueba, siquiera indiciario, que apunte a la actual Jefa de Estado respecto -aunque sea- a una instigación o preparación (no punible) del gravísimo delito de encubrimiento" sostuvo el juez Rafecas en su resolución

-No hubo diplomacia paralela

“A lo largo de las miles de líneas de conversaciones escrutadas durante varios años, no surge una sola mención, una sola referencia, una sola gestión, una sola participación, ni del Canciller argentino, ni de absolutamente nadie de la cartera que conduce. No hay una sola vez en la que la Cancillería argentina aparezca envuelta en lo que Nisman denominó la «diplomacia paralela de facto»”.

El juez afirma que de las escuchas surge justamente lo contrario: que Timerman, y en definitiva, la «diplomacia real», lejos de ser un aliado de estos individuos, eran justamente el rival a vencer, a derrotar, a torcerle el brazo”. Y que las escuchas también revelan la “frustración” de los operadores pro-iraníes, ante la inflexibilidad de la “diplomacia real”.

-Nisman había tenido otra valoración del Memorándum

Por último, el Juez tuvo en cuenta que se agregaron al expediente dos documentos (idénticos) recientemente presentados y firmados el Dr. Nisman, con fechas de diciembre de 2014 y enero de 2015, en donde “no sólo que no hace ningún tipo de alusión a la inminente o consumada presentación de la denuncia en contra de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional, sino que, a lo largo de sus páginas, presenta una postura diametralmente opuesta, en el sentido de que realiza consideraciones sumamente positivas de la política de Estado del gobierno nacional, desde 2004 hasta la actualidad, destaca todos los discursos de los dos sucesivos presidentes, todos los años, ante la ONU, y considera que tanto el ofrecimiento de juzgamiento en un tercer país (2010) como la firma del Memorándum (2013), ambas iniciativas del P.E.N., como una consecuencia entendible de la “erosión” y “desgaste” que lograron hacer los iraníes debido a su irreductibilidad y negativa a colaborar en el avance de la causa AMIA, que llevaron al gobierno argentino, nos dice ahora el Dr. Nisman, a ir paulatinamente reduciendo sus pretensiones, con tal de lograr el objetivo de siempre: sentar a los acusados ante el juez, y de este modo, permitir avanzar la causa hacia el juicio oral”.

 

FUENTE: Infojus Noticias

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Thu, 26 Feb 2015 15:00:58 -0300
Canicoba Corral: "Nadie del Poder Ejecutivo Me Pidió el Levantamiento de las Alertas Rojas" https://www.fundamentar.com/nacional/item/4506-canicoba-corral-nadie-del-poder-ejecutivo-me-pidio-el-levantamiento-de-las-alertas-rojas https://www.fundamentar.com/nacional/item/4506-canicoba-corral-nadie-del-poder-ejecutivo-me-pidio-el-levantamiento-de-las-alertas-rojas El juez que tiene a cargo la causa por el atentado a la sede de la AMIA, Rodolfo Canicoba Corral

El juez de la causa AMIA negó que el canciller Héctor Timerman le haya pedido el cese de las circulares contra los iraníes acusados, como afirmó Nisman en la denuncia, a la que le dio curso hoy Gerardo Pollicita.

El juez que tiene a cargo la causa por el atentado a la sede de la AMIA, Rodolfo Canicoba Corral, aseguró hoy a El Destape que ni el canciller Héctor Timerman ni "nadie del Poder Ejecutivo" le pidió, por vía formal o informal, el levantamiento de las notificaciones rojas contra los ciudadanos iraníes imputados por el fiscal Alberto Nisman en su investigación de la voladura del edificio de la mutual judía en 1994.

Tanto en la denuncia de Nisman como en el requerimiento del fiscal Pollitica se sostiene que Timerman "habría realizado actos con los cuales buscó inducir a la baja de las alertas rojas", ¿el Canciller le pidió a usted el cese de esas alertas?

No, absolutamente no. No solamente no me las pidió sino que cuando yo resolví lo que resolví en el amparo, le hice saber a Interpol que el único que podía levantar las capturas de acuerdo a la Ley argentina era yo.

¿No se lo pidió nadie del Poder Ejecutivo?

Ni del Poder Ejecutivo, ni del Poder Judicial, ni de ningún otro poder, ni de nada.

Según indica Pollicita en su requerimiento "las pruebas obtenidas indican que han existido negociaciones y acuerdos previos entre las partes sobre el cese de las notificaciones rojas de Interpol, máxime teniendo en cuenta que –conforme arrojan los elementos reunidos- ese cometido constituyó el interés central para las autoridades iraníes en este acuerdo y el Canciller Timerman aceptó las pretensiones de la contraparte".

En ese sentido, el fiscal, siguiendo la línea de la denuncia de Nisman, señala que "el Canciller habría realizado actos con los cuales buscó inducir a la baja de las alertas rojas y, consecuentemente, satisfacer las aspiraciones persas pero ellos no tuvieron la recepción esperada en Interpol".

El ex secretario general de la Interpol, Ronald Noble, también había negado la existencia de un pedido similar por parte de las autoridades argentinas, a pesar de que el único con competencia para hacerlo sea Canicoba Corral. Así lo afirmó en una entrevista con el diario Página 12 publicada el pasado 18 de enero: "Ningún funcionario del gobierno argentino trató nunca de cancelar los alertas rojos de Interpol. El ministro de Relaciones Exteriores de Argentina, Héctor Timerman, y cada uno de los funcionarios del gobierno argentino con los que me encontré y hablé de esta cuestión, tuvieron siempre la misma posición: los alertas rojos de Interpol contra los ciudadanos iraníes debían mantenerse sí o sí".

 

FUENTE: EL DESTAPE

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Fri, 13 Feb 2015 16:45:11 -0300
La acusación, un laberinto lleno de inconsistencias https://www.fundamentar.com/nacional/item/4451-la-acusacion-un-laberinto-lleno-de-inconsistencias https://www.fundamentar.com/nacional/item/4451-la-acusacion-un-laberinto-lleno-de-inconsistencias La acusación, un laberinto lleno de inconsistencias

La denuncia por encubrimiento contra la Presidenta de la Nación, el canciller Timerman y una serie de dirigentes que había presentado el fallecido fiscal Nisman en el marco de la causa Amia, y que pudo conocerse ayer en su totalidad tras ser publicada por el Centro de Información Judicial es un documento plagado de falsedades, oscuridades y contradicciones. A continuación, las más significativas.

Ayer, finalmente se pudo conocer la totalidad del contenido de la denuncia que el fiscal Alberto Nisman había presentado contra la Presidenta, el canciller y otros dirigentes a los que había acusado de encubrir el atentado a la Amia en virtud de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán. Sin embargo, de la lectura de la totalidad del documento se desprenden inconsistencias graves.

PRIMERA INCONSISTENCIA: IMPUNIDAD POR PETRÓLEO

En primer lugar, el corazón de la denuncia apuntaba a que el Memorándum de Entendimiento se había hecho con la intencionalidad oculta de intercambiar impunidad para los funcionarios iraníes que habían sido acusados por el atentado, por un aumento del intercambio comercial con el país asiático. Dicho más llanamente, la acusación era que se había cambiado impunidad por petróleo.

Ahora bien, si eso hubiera sido así, debería notarse un incremento del intercambio comercial entre ambos países una vez firmado el Memorándum, pero el problema de esta hipótesis es que esto no fue así. El año de mayor intercambio comercial de Argentina con Irán fue 2008. Recordemos que dos años antes, el 25 de octubre de 2006, la Justicia argentina había acusado formalmente al gobierno iraní de planificar el atentado y a Hezbollah de ejecutarlo. Es decir, el mayor intercambio se dio en los años de mayor frialdad en la relación bilateral. De ahí en adelante, el comercio con Irán no fue significativo y no se observa cambio alguno tras la firma del entendimiento. Por otra parte, la poco significativa exportación de granos a Irán en estos años estuvo a cargo -como no puede ser de otra manera ya que el Estado argentino no puede exportar granos- de empresas privadas como Bunge, Nidera, Cargill, Aceitera General Deheza, Molinos Río de la Plata, Molinos Libres SA y Copra SA, entre otras. En ese sentido, no se comprende por qué la imputación no cayó también sobre estas empresas, las cuales deberían haber formado necesariamente parte del supuesto plan que incluía el intercambio de impunidad por aumento en la actividad comercial.

La endeblez de la hipótesis sobre la necesidad energética argentina como organizadora del acuerdo es tal que no hay un solo informe técnico o de un perito especializado en el tema que avale lo que la denucnia afirma.

Tanto Argentina como Irán tienen la misma estructura de producción petrolífera: producen crudo y tiene relativamente poca capacidad para refinarlo. De modo que los dos son exportadores de crudo y compradores de productos refinados como, por ejemplo, combustibles. Esta situación similar entre los dos países vuelve imposible la idea de un intento de negocio energético con Irán en la medida en que Irán vende lo mismo que Argentina exporta. Es decir, lo que Argentina necesita importar en el mercado mundial Irán no lo produce.

En resumen, la vía comercial como justificación del acuerdo es insostenible y no hay un solo dato que la avale.

SEGUNDA INCONSISTENCIA: SACAR LOS ALERTAS ROJOS

Una segunda acusación era que en el acuerdo Argentina se había comprometido a trabajar para que Interpol levantara los alertas rojos que impedían que funcionarios iraníes acusados como autores del atentado pudieran salir de Irán. Sin embargo, hay una carta del canciller Timerman, que se hizo pública en estos días, en la que, dos semanas después de firmado el acuerdo, le dice dos veces al Secretario General de Interpol que la firma del acuerdo no cambiaba los alertas rojos sobre los funcionarios iraníes y que el juez de la causa, Canicoba Corral, era el único que estaba habilitado a formular algún cambio al respecto. Esta carta fue contestada, dos meses después por Interpol, confirmando que los alertas no se iban a modificar.

Pero por si faltaran elementos para derribar esta afirmación hecha por Nisman, cuando se conoció la denuncia, el ex secretario de Interpol entre 2000 y 2014, Ronald Noble, envió un mail al canciller argentino en que le manifestaba su respaldo absoluto y decía taxativamente que lo que Nisman había afirmado era falso y que la posición de gobierno argentino había sido que los alertas rojos no se tocaban bajo ninguna circunstancia.

TERCERA INCONSISTENCIA: LA PISTA LOCAL

Otra de las acusaciones era que en 2012, un ex juez, al que Nisman sindicó como miembro del Servicio de Inteligencia, se había reunido con un miembro de la dirigencia comunitaria iraní en Argentina para acordar la confección de una pista falsa sobre grupos de ultraderecha locales como autores del atentado y así desviar la investigación sobre Irán. Sobre este punto las inconsistencias son varias. La primera y más inmediata es que esta denuncia para supuestamente desviar la investigación nunca se hizo en ningún juzgado, de modo que no hay delito de encubrimiento ni siquiera en grado de tentativa. Incluso, en el caso de que se pudiera probar que tal reunión existió y que allí se acordó lo de la pista local, se estaría solamente ante la preparación de un delito que no es una conducta punible, toda vez que solo quedó en eso.

El otro problema que tiene esta acusación es que, recordemos, es contra nada menos que la Presidenta de la Nación, de modo se vuelve muy difícil de explicar cómo se conectan la preparación de un delito de encubrimiento en una supuesta reunión entre un ex juez y un dirigente comunitario, con la Presidenta y sus funcionarios de más alto rango.

Además, si el fiscal sabía de esta reunión desde 2012, la pregunta es por qué no lo había denunciado en ese momento o, al menos, por qué no había informado al juez de la causa de la aparición de esa otra pista.

Y hay más. Desde 2004, cuando fue nombrado por el entonces procurador Esteban Righi al frente de la Unidad Amia, Nisman era el máximo responsable de la investigación. En ese contexto, resulta inverosímil plantear que la Presidenta y su canciller hubieran tramado la confección de una pista falsa en la medida en que ineludiblemente eso debía pasar por las manos del fiscal.

La Unidad Especial Amia, es la unidad fiscal con mayor cantidad de recursos materiales y humanos de todo el Ministerio Público Fiscal y en el año 2014 contó con un presupuesto de 24 millones de pesos, lo que significó un aumento sustancial respecto del ya importante presupuesto que se le había otorgado en todos los años anteriores. En este contexto, resulta inverosímil que el mismo gobierno que fortalece de esta manera la unidad de investigación de la causa Amia, al mismo tiempo conspire contra esa investigación.

CUARTA INCONSISTENCIA: EL PACTO DE TIMERMAN CON EL CANCILLER IRANÍ

En su escrito acusatorio, el fiscal dijo que en una reunión en la ciudad de Alepo, Siria, el canciller argentino y el de Irán había sellado el acuerdo. La prueba de esto eran los dichos de un periodista argentino, recientemente fallecido, que le había dicho al fiscal que había visto un documento donde el canciller iraní le confirmaba a su presidente tal pacto. Sin embargo, no existe documento alguno que avale ni siquiera parcialmente tal afirmación.

QUINTA INCONSISTENCIA: LA ESCUCHAS SOBRE EL DIRIGENTE IRANÍ

En su denuncia, Nisman había transcripto una escucha de un agente de inteligencia que hablaba con el dirigente argentino-iraní, Alejandro Khalil, en la que le aseguraba que le habían dicho que en la Secretaría de Inteligencia iban a levantar los alertas rojos sobre los iraníes acusados. En su escrito, el fiscal dice que este agente es en realidad alguien que trabajaba para Irán. Si esto es así, es grave que el fiscal no hubiera informado esto al juez Canicoba Corral. Incluso resulta complejo entender por qué Nisman no informó al entonces Jefe de Operaciones de la SI, Jaime Stiusso -con quién según el propio Nisman llegó a reunirse hasta dos veces por semana- sobre la acción de este agente presuntamente vinculado a los principales acusados en la causa.

Aunque el fiscal aseguraba que solo había accedido a escuchas hechas sobre Khalil, y no tenía escuchas ni de la presidenta, ni del diputado Larroque, nada de esto pareció suficiente a la hora de conectar a este agente que hablaba con el sospechoso como alguien que trabajaba bajo las órdenes de Cristina Fernández de Kirchner. Según había afirmado Nisman, en las escuchas a las que accedió aparecían los dirigentes Luis D´Elía y Fernando Esteche. Ni Khalil, ni Esteche, ni D´Elía son funcionarios del gobierno nacional, de modo que también ahí había un problema grave para justificar la imputación que hacía a la Presidenta.

SEXTA INCONSISTENCIA: LOS AGENTES DE SI

A pedido del juez Lijo, la Secretaría de Inteligencia por intermedio de su Secretario, Oscar Parrilli, informó que Ramón Allan Héctor Bogado (mencionado como quien estaba en contacto con Khalil) y el ex juez Héctor Yrimia (mencionado como quien participó en el supuesto armado de una pista local), sindicados ambos por Nisman como miembros de SI "no pertenecen ni han pertenecido como personal de la planta permanente, contratado, de gabinete ni personal transitorio".

SÉPTIMA INCONSISTENCIA: LAS ESCUCHAS

"¿Qué garantías tenemos con éstas cintas que produce la Secretaría sabiendo cómo es la actividad de la Secretaría?", se preguntó el juez Canicoba Corral en una entrevista que brindó a apropósito de la repercusión de la denuncia, de modo que sin garantía de autenticidad, el carácter probatorio de este material está puesto severamente en entredicho por el propio juez de la causa.

 


 

Denuncia completa del fiscal Alberto Nisman

Fuente: Télam

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hola@fundamentar.com (Dana Valdano) Argentina Wed, 21 Jan 2015 22:29:06 -0300